ECOVIS es una red de consultoría líder a nivel mundial con origen y sede en Alemania. La fortaleza de Ecovis es la combinación del asesoramiento personal a nivel local con la experiencia global de una red internacional.
Una auditoría financiera, es un examen exhaustivo y sistemático de los estados financieros de una entidad con el fin de verificar su exactitud y conformidad según las normas contables y legales aplicables.
El outsourcing tributario consiste en la contratación de servicios especializados en materia tributaria a un tercero quien es responsable de llevar a cabo todas las tareas relacionadas con la gestión tributaria de la empresa.
Planificar y alinear su estrategia tecnológica empresarial considerando los riesgos tecnológicos, tomando en cuenta estándares y las normas internacionales ISO.
El uso de las NIIF desempeña un papel crucial en la gestión de riesgos financieros, y no solo por las oportunidades de expansión que pueden surgir.
Nuestros servicios exigen un profundo conocimiento de muchas áreas diferentes y la capacidad de interconectarlas todas.
¿Por qué elegirnos?
Porque nuestro enfoque de 360 grados reúne a expertos de muchos campos y nos ayuda a asegurarnos el poder brindarle todo el asesoramiento que necesita para afrontar los desafíos específicos de su negocio, ya sea hoy o mañana.
Ecovis en Bolivia
Esta liderizada por socios con amplia trayectoria en los servicios de auditoría, outsourcing, impuestos y consultoría, y cuenta con un equipo de alto nivel en la provisión de cada uno de los servicios.
Entidades sin fines de lucro (Proyectos con financiamiento internacional)
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Telecomunicaciones
ECOVIS es la combinación de un asesoramiento local personalizado y la amplia experiencia de una red internacional e interdisciplinaria de profesionales.
eventos
Conmemoramos acontecimientos especiales para establecer una conexión emocional con nuestros clientes.
Mantenernos informados es muy importante para brindar mejores soluciones a nuestros clientes.
Noticias
Resolución Normativa de Directorio N° 102500000001 Conforme al Artículo 11 de la Ley del Presupuesto General del Estado 2025, reglamentado por Impuestos Nacionales mediante la Resolución Normativa de Directorio N 102500000001, de 3 de enero de 2025, todos aquellos contribuyentes con Facilidades de Pago (FAP) por deudas tributarias y multas incumplidas hasta el 31 de diciembre de 2024, inclusive cuando se encuentra en ejecucion tributaria, pueden reanudar el pago de sus cuotas hasta el 31 de marzo de 2025 y de esta forma evitar la ejecución tributaria y/o sumario contravenciona iniciados, manteniendo asi las condiciones y beneficios contemplados en la Resolución Administrativa de la Faciliadad de Pagp que obtuvieron en su momento. 3 de enero de 2025
Resolución Normativa de Directorio N° 102500000015 Prórroga para la presentación Física y Digital de Obligaciones Tributarias del IUE para contribuyentes con cierre de Gestión Fiscal al 31 de Diciembre de 2024. Artículo Único.- I. Se prorroga hasta el 30 de mayo de 2025, el plazo para la presentación física y/o envío digital de Estados Financieros, Memoria Anual, Dictamen de Auditoria Externa, Dictamen Tributario, Informe de Procedimientos Mínimos Tributarios, Información Tributaria Complementaria y Estudio de Precios de Transferencia, así como la información que se presenta a través de los formularios electrónicos 605 y 601, según corresponda, para los sujetos pasivos o terceros responsables del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE), con cierre de gestión fiscal al 31 de diciembre de 2024.
Resolución Normativa de Directorio N° 102500000001 Conforme al Artículo 11 de la Ley del Presupuesto General del Estado 2025, reglamentado por Impuestos Nacionales mediante la Resolución Normativa de Directorio N 102500000001, de 3 de enero de 2025, todos aquellos contribuyentes con Facilidades de Pago (FAP) por deudas tributarias y multas incumplidas hasta el 31 de diciembre de 2024, inclusive cuando se encuentra en ejecucion tributaria, pueden reanudar el pago de sus cuotas hasta el 31 de marzo de 2025 y de esta forma evitar la ejecución tributaria y/o sumario contravenciona iniciados, manteniendo asi las condiciones y beneficios contemplados en la Resolución Administrativa de la Faciliadad de Pagp que obtuvieron en su momento. 3 de enero de 2025
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