RND 102600000010

En el marco de las políticas de alivio tributario y apoyo a la reactivación económica, el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) aprobó la Resolución Normativa de Directorio (RND) 102600000010 que permite que el Impuesto al Valor Agregado (IVA) no computable de las compras vinculadas a actividades gravadas con “Tasa Cero” sea ahora deducible para la determinación del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE).
Esta adecuación técnica responde a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 5563, que modificó el Reglamento del IUE (DS Nº 24051) y por ende el SIN anuló el Artículo 6 de la RND Nº 10-0038-13. Anteriormente, esta normativa impedía que las empresas de sectores con “Tasa Cero” dedujeran ese 13% del IVA en su estado de resultados, lo que incrementaba la base imponible del IUE, es decir el monto del impuesto a pagar.

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